Del memorial de fs. 108 a 110, se extraen los siguientes motivos
c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 21 de octubre de 2015 (fs. 103), el 28 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, sujeto al presente examen de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 108 a 110, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente alegando antecedentes del hecho del que se lo acusa, en el acápite subtitulado “FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA” (sic), sostiene, que de la revisión del Auto de Vista, estableció que habrían incidido, en que su persona hubiera cometido el delito endilgado; por lo que, le habrían condenado a un año y seis meses; consecuentemente, fue beneficiado con el perdón judicial; sin embargo, la institución Aduanera habría interpuesto apelación restringida, argumentando que en los delitos de corrupción no procedía el referido perdón judicial de acuerdo a la Ley 004; además de sostener que su persona no es autor del delito endilgado, que más bien en los hechos reales, fueron los funcionarios policiales los que lo ex accionaron, encuadrando así, sus conductas al tipo penal de Cohecho Pasivo Propio; toda vez, que si los mismos le hubieran advertido de que no había ninguna solución para la devolución del vehículo automotor decomisado, el recurrente no habría conseguido y entregado los dineros a los funcionarios policiales
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 108 a 110, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación a los demás requisitos, se advierte que la parte recurrente a través de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
