c) Por diligencia de 29 de julio de 2016 (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Cristina Monasterios, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 81 a 82 vta.), resuelto por Auto de Vista 21/2016 de 4 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que revoca parcialmente la Sentencia, declarando a la imputada culpable por los delitos de Calumnia e Injuria previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del CP, condenándole a dos años de privación de libertad, siendo concedido el beneficio del Perdón Judicial.
c) Por diligencia de 29 de julio de 2016 (fs. 113), fue notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado; y, el 4 de agosto del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 4 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 29 de julio de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 29 de julio del 2016, fue
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
