La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Respecto al único motivo, la recurrente alega que conforme a los arts. 124 y 414 del CPP, toda resolución debe contener la debida fundamentación jurídica y fáctica que sustente la validez de la decisión, pero el Auto de Vista impugnado, en ninguna parte hace mención en relación a una de las causas de impugnación a la Sentencia, ya que se reclamó que conforme el art. 370 inc. 6) del CPP, no se pudo demostrar concretamente en que fue agraviada la querellante respecto a los tres delitos atribuidos; además, el Tribunal de alzada señalo que es injusta la decisión, por tanto debió anular la Sentencia hasta fojas cero; al respecto, este Tribunal evidencia que la recurrente no ha invocado ningún precedente contradictorio y por ende no ha explicado de forma clara y precisa cual la contradicción con el Auto de Vista conforme establece los arts. 416 y 417 del CPP y el apartado III. ii) de la presente resolución. Tampoco, denuncia la vulneración de algún derecho fundamental, el resultado dañoso y relevante en el resultado; por lo que, el motivo deviene en inadmible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CCP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Cristina Monasterios, cursante de fs. 116 a 117 vta
- Por memorial presentado el 4 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 29 de julio de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 29 de julio del 2016, fue
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
