Que, conforme las diligencias de notificación de fs
CONSIDERANDO II:
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme las diligencias de notificación de fs. 113 y el timbre electrónico de recepción de fs. 117, el presente recurso fue interpuesto ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista, en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral concordante con el art. 90 del Código Procesal Civil
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme las diligencias de notificación de fs. 113 y el timbre electrónico de recepción de fs. 117, el presente recurso fue interpuesto ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista, en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral concordante con el art. 90 del Código Procesal Civil
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- El recurso de casación motivo de autos fue presentado el 4 de octubre de 2016,
- Que, conforme las diligencias de notificación de fs
- Asimismo, la parte recurrente identifica el Auto de Vista impugnado y, aunque con deficiencias, efectúa
- Por lo expuesto, en aplicación del razonamiento contenido en la Sentencia Constitucional Plurinacional 1860/2014 de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
