Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Acusa el recurrente que el Tribunal de apelación incurrió en incongruencia omisiva, violando los arts. 398 y 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), derecho a la defensa, al debido proceso en su elemento fundamentación adecuada, al no otorgar una respuesta clara y específica sobre los puntos denunciados en apelación restringida y fundados en los defectos de sentencia previstos por los incs. 1) y 5) del art. 370 del CPP, falta de circunscripción a los puntos apelados, que constituye a decir del recurrente defecto absoluto conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) de la norma adjetiva penal. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 073/2013-RRC de 19 de marzo, 348/2013-RRC de 24 de diciembre y 215 de 28 de junio de 2006, alegando que conforme la doctrina legal sentada por el Auto Supremo 280/04 -sin fecha exacta-, corresponde la revisión excepcional y eventual de oficio ante la violación flagrante del debido proceso
- Por memorial presentado el 30 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 23 de agosto de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, si bien el recurrente a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
