b) Contra la mencionada Sentencia, la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos (fs. 103 a 107) y los imputados Héctor Guillermo y Reynaldo ambos de apellido Nieves Vallejos; y, Marina Betancur Maraz (fs. 108 a 110 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 96/2016 de 15 de septiembre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró “CON LUGAR” el citado recurso; consecuentemente, se anuló la Sentencian 7/2016 de 19 de mayo (fs. 67 a 71 vta.), disponiendo la reposición del juicio por el Juez de Sentencia de Entre Ríos, en atención de que el acusado Reynaldo Nieves Vallejos, fue declarado rebelde y sin haber sido separado del juicio se prosiguió con el mismo hasta dictar sentencia, contraviniendo el art. 90 del Código de Procedimiento Penal (CPP), vulnerando el debido proceso y el derecho a la defensa del acusado
- Por memorial presentado el 5 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos (fs
- c) Por diligencias de 26 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Conforme a lo descrito, al amparo del art
- Asimismo, se advierte que ni en el recurso de apelación restringida (fs
- El art
- de sentar y uniformar jurisprudencia, resultando en el caso particular de la Sala Penal, que
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno,
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De acuerdo a la previsión contenida en la primera parte del art
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el caso del recurso interpuesto por la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos, se constata
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
