Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
La recurrente en su memorial de recurso de casación, hace una transcripción íntegra de su recurso de apelación restringida, sin establecer el agravio ocasionado por la Resolución ahora impugnada, pues luego de realizar una relación fáctica de los hechos se limita a señalar que la prueba introducida durante el juicio y resaltada en apelación restringida, no fue valorada ni apreciada de manera correcta, situación que indica vulnera sus derechos consagrados en la Constitución Política del Estado –no precisa cuales-, añadiendo que los acusados adecuaron su actuación al tipo penal descrito en el art. 272 Bis del CP, al haber procedido arbitrariamente a agredirla de manera física, verbal y psicológica
- Por memorial presentado el 5 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos (fs
- c) Por diligencias de 26 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Conforme a lo descrito, al amparo del art
- Asimismo, se advierte que ni en el recurso de apelación restringida (fs
- El art
- de sentar y uniformar jurisprudencia, resultando en el caso particular de la Sala Penal, que
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno,
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De acuerdo a la previsión contenida en la primera parte del art
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el caso del recurso interpuesto por la víctima Vilma Lourdes Nieves Vallejos, se constata
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
