Se impone multa a los compulsantes conforme al art
Se impone multa a los compulsantes conforme al art. 223.VIII del Código Procesal Civil, multa que se gradúa en el equivalente a tres días de haber del Juez ante quien se tramita la causa conforme dispone el art. 5 num. 3) del Reglamento de Multas Procesales del Órgano Judicial, cuyo monto mandará hacer efectivo el Tribunal de Alzada
- Expediente: P-16-16-Com
- I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- Contra la referida Resolución José Maguayo Belmonte y Railda Adagua Chuqui interpusieron recurso de casación
- Refiere que se canceló mediante depósito de Bs
- Por consiguiente interponen recurso de compulsa contra el Auto de fecha 23 de septiembre de
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por consiguiente y revisado los antecedentes procesales contenidos en el cuadernillo de compulsa, se llega
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa a los compulsantes conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
