Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley Nº 439
Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, ordena a toda autoridad judicial, desde la publicación de dicho código de oficio debe revisar cada seis meses los procesos de su juzgado, y en su caso declarar la extinción por inactividad
- Que la Superintendencia General de Minas, mediante nota Cite: SUP
- Que, por informe de 19 de octubre de 2016, el Secretario de Sala comunica que
- Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley Nº 439
- Que, el Capítulo IV, Título V del Libro Primero del Código Procesal Civil, regula la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
