POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 del NCPC, declara ADMISIBLE el recurso de casación en el fondo de fs. 123 a 124, interpuesto por Grover Vargas Lezcano Administrador Regional del SENASIR y Mirvia Arrueta Montesinos Abogado Regional del SENASIR en representación de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del SENASIR
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Que, conforme lo dispuesto en el art
- Que, de la revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos
- Concluyeron solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido de
- Que, en ese contexto, examinado el recurso de casación en el fondo, se advierte que
- Expresa con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o
- Al respecto, se advierte que los recurrentes denunciaron infracción del art
- Por lo señalado, queda claro que el recurso cumple las exigencias previstas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Pase a Secretaría de la Sala a objeto del sorteo de Magistrado relator
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
