De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 028/2014 de 2 de diciembre (fs. 491 a 503 vta.), dictado por el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justica de Chuquisaca, que declaró a Alfredo Caballero Cuba, culpable del delito de Despojo previsto en el art. 351 del CP, condenándole con la pena de dos años y seis meses de privación de libertad, con costas y responsabilidad civil a favor del querellante.
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado Alfredo Caballero Cuba, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 534 a 538 vta., subsanada a fs. 598 y 599), recurso que fue resuelto por Auto de Vista 475/2015 de 24 de noviembre (fs. 603 a 609); que rechazó por inadmisibles los motivos segundo, tercero y cuarto del recurso de apelación restringida e improcedente el primer motivo, manteniendo en consecuencia incólume la sentencia recurrida
- Parte Acusadora: Banco Nacional de Bolivia S.A
- Por memorial presentado el 15 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 08 de diciembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) De otro lado acusa, que el Auto de Vista recurrido habría incurrido en incongruencia
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Respecto al segundo motivo se tiene, que el recurrente acusa incongruencia omisiva, indicando que indebidamente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
