Auto Supremo AS/0080/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 080/2016-RA
Sucre, 10 de febrero de 2016

Expediente: La Paz 170/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Iván Edgar Palacios Pando
Delitos: Estafa y otros

RESULTANDO

Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs. 852 a 854 vta., Aida Marañón Altamirano, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 35/2015 de 15 de abril, de fs. 848 a 850, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Iván Edgar Palacios Pando, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 198, 199 y 203 del todos Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 13/2014 de 4 de noviembre (fs. 821 a 828), el Tribunal Octavo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Iván Edgar Palacios Pando, autor de la comisión del delito de Estafa, tipificado por el art. 335 del CP, condenándole a cumplir la pena de tres años de reclusión; asimismo, se declaró absuelto de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP