Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 832 a 834 vta.), resuelto por el Auto de Vista 35/2015 de 15 de abril (fs. 848 a 850), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente, el citado recurso, y confirmó la Sentencia apelada.
c) El 30 de junio de 2015 (fs. 851), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista y el 7 de julio del mismo año, interpuso recurso de casación.
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
La recurrente, denuncia defectos absolutos im procedendo e injiudicando que vulneran derechos y garantías constitucionales previstos por el art. 169 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), que violan los principios del debido proceso, legalidad y la seguridad jurídica; arguyendo (previa relación de los antecedentes de caso), que en el juicio llevado adelante no se consideró la prueba pre constituida del delito de falsedad consistente en el dictamen pericial por el cual se determinó que se falsificó su firma y que la letra pertenecía al acusado. Además, que la Sentencia no se encuentra fundamentada y es completamente contradictoria, toda vez que señala en su parte de valoración jurídica de la prueba la existencia del hecho pero no se impone la sanción del delito de Falsedad Ideológica; agrega que la Sala Penal Primera no consideró los fundamentos de la apelación restringida y el reclamo oportuno reclamado
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Citó como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 245 de 20 de julio de 2005, 273
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 30 de junio de 2015 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que la recurrente denuncia defectos
- Ahora bien, cabe recordar que el recurso de casación es una institución procesal de puro
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
