Auto Supremo AS/0080/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 832 a 834 vta.), resuelto por el Auto de Vista 35/2015 de 15 de abril (fs. 848 a 850), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente, el citado recurso, y confirmó la Sentencia apelada.

c) El 30 de junio de 2015 (fs. 851), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista y el 7 de julio del mismo año, interpuso recurso de casación.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente, denuncia defectos absolutos im procedendo e injiudicando que vulneran derechos y garantías constitucionales previstos por el art. 169 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), que violan los principios del debido proceso, legalidad y la seguridad jurídica; arguyendo (previa relación de los antecedentes de caso), que en el juicio llevado adelante no se consideró la prueba pre constituida del delito de falsedad consistente en el dictamen pericial por el cual se determinó que se falsificó su firma y que la letra pertenecía al acusado. Además, que la Sentencia no se encuentra fundamentada y es completamente contradictoria, toda vez que señala en su parte de valoración jurídica de la prueba la existencia del hecho pero no se impone la sanción del delito de Falsedad Ideológica; agrega que la Sala Penal Primera no consideró los fundamentos de la apelación restringida y el reclamo oportuno reclamado