Respecto a los demás requisitos, se tiene que la parte recurrente denuncia, que la Resolución
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal, habida cuenta que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 6 de julio de 2015 (fs. 100), interponiendo el recurso de casación que es objeto del análisis de admisibilidad el 13 del mismo mes y año, es decir dentro de los cinco días hábiles que otorga la ley.
Respecto a los demás requisitos, se tiene que la parte recurrente denuncia, que la Resolución recurrida no habría contestado de manera fundamentada y motivada las denuncias de la apelación restringida interpuesta por la gobernación; al efecto cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007; se observa que el recurso de casación cumple con establecer las posibles contradicciones en que hubiera incurrido la Resolución recurrida de casación con el precedente invocado, al señalar que Auto de Vista no se encuentra debidamente fundamentado y motivado, cumplidos los requisitos de admisibilidad corresponde que este Tribunal ingrese a conocer el fondo de este recurso, deviniendo en consecuencia el recurso en admisible
- Por memorial presentado el 13 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante legal del Gobierno Autónomo Departamental de Pando (fs
- Inicialmente indica que el Auto de Vista recurrido, no habría separado los argumentos del Ministerio
- Concluye pidiendo, que una vez admitido, se “emita el correspondiente AUTO DE VISTA casando el
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos, se tiene que la parte recurrente denuncia, que la Resolución
- El Auto Supremo 135/2013, no será considerado en el análisis de fondo porque el mismo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
