Así, el recurso en ambas formas, se interpuso por escrito dentro del término establecido por
Así, el recurso en ambas formas, se interpuso por escrito dentro del término establecido por el art. 273 del CPC-2013, dado que el recurrente fue notificado con el fallo recurrido el 28 de diciembre de 2015 (fs. 433) y el recurso fue presentado en fecha 08 de enero de 2016 (fs. 435), conforme se evidencia del timbre electrónico, es decir, dentro del término legal, tomando en cuenta el cómputo establecido en el CPC-2013
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Bajo esa premisa y toda vez que el Proceso Contencioso Tributario estatuido en la Ley
- CONSIDERANDO II
- Así, el recurso en ambas formas, se interpuso por escrito dentro del término establecido por
- Asimismo, citó en términos claros y concretos el Auto de Vista recurrido, si bien, no
- En ese mismo sentido, el recurrente respecto al recurso de casación en la forma, acusó
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
