Resolución que dio lugar al recurso de casación, formulado por parte de Juan Edwin Mercado
En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista Nº 266/2014 de 24 de octubre de 2014 cursante de fs. 84 a 85, por el que se CONFIRMA la Sentencia apelada y aprueba la consulta elevada por el juez A quo, argumentando que la demandante habría demostrado que se halla registrada en los archivos de las entidades demandadas como nacida en el año 1957 y que habría sido desvirtuado con el certificado de nacimiento de fs. 1 que registraría su año de nacimiento el año 1955. Que las entidades demandadas no habrían demostrado que los datos salientes en el certificado de nacimiento hubieren sido falsos o que no pudiere generar la eficacia probatoria que le señala la ley. Refiere a los arts. 1296 y 1534 del Código Civil, respecto a la plena fe de los datos contenidos en ellas, que en ese antecedente era deber de las entidades demandadas no solo objetar la rectificación de los datos de la demandada sino demostrar que el referido documento no contenía datos verídicos y la posibilidad de haber sido fraguado para causar daño al Estado que se haría poco creíble y no limitarse además que la sentencia le causara daño al Estado Plurinacional sin establecer cómo y cuales las formas de impedirlo en apelación.
Resolución que dio lugar al recurso de casación, formulado por parte de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto por intermedio de su apoderado Wilmer Sanjinez Lineo, que se analiza
Resolución que dio lugar al recurso de casación, formulado por parte de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto por intermedio de su apoderado Wilmer Sanjinez Lineo, que se analiza
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Juan Edwin Mercado Claros Director
- Resolución que dio lugar al recurso de casación, formulado por parte de Juan Edwin Mercado
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que la norma en que basa el Servicio Nacional de Reparto para la afiliación de
- Y que de conformidad al art
- De la respuesta al recurso
- IV.- DE LA FUNDAMENTACION
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
