POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 220 a 223, interpuesto por Silvano Job García Arce contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº 455/2015 de 24 de noviembre
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente describe argumentos de fondo, deduciendo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
