Sucre: 03 de marzo de 2016
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 161/2016 - RA
Sucre: 03 de marzo de 2016
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 161/2016 - RA
Sucre: 03 de marzo de 2016
- Sucre: 03 de marzo de 2016
- Seguros y Reaseguros
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
