Emitido el Auto de Vista de fs
Emitido el Auto de Vista de fs. 265 a 266 vta., se notifica a los recurrentes en fecha 12 de noviembre de 2015 (fs. 267) los que presentan su recurso en fecha 23 de noviembre de la misma gestión (cargo de fs. 270), dentro del plazo previsto en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, norma con la que fue presentado el recurso, cuyo contenido se evidencia que los recurrentes identifican la resolución recurrida, haciendo constar que una vez emitida la Sentencia los recurrentes impugnaron del fallo de primera instancia y ante su confirmación por el Auto de Vista, los demandados recurren de casación dentro de proceso ordinario, aspectos que permiten considerar el recurso de casación
- Expediente: LP-26-16–S
- Partes: Pedro Llusco Condori y otra. c/ Isidro Aruquipa Ramos y otros
- Proceso: Mejor derecho de propiedad y reivindicación
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Sentencia que fue recurrida de apelación por los ahora recurrentes, sobre la cual se emite
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- El recurso en estudio, acusa que el Ad quem no ha considerado que el objeto
- De acuerdo al detalle descrito se deduje que los recurrentes han dado cumplimiento a lo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
