Emitido el Auto de Vista de fs
Emitido el Auto de Vista de fs. 787 a 788, se notifica con dicha Resolución al recurrente en fecha 27 de enero de 2016 (fs. 791), habiéndose presentado el recurso en fecha 04 de febrero del año en curso (timbre de fs. 792), esto dentro del plazo previsto en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, plazo con el que fue tramitado el recurso, escrito en el cual también se advierte que el recurrente precisa la resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión del Auto definitivo el actor formuló su recurso de apelación y ante la emisión del Auto de Vista confirmatorio, impugna dicho fallo en proceso ordinario, aspecto que habilita al recurrente formular su recurso de casación
- Partes: Francisco Cuba Quiroz y otra. Álvaro Rafael Salinas Castro y otros
- Proceso: Nulidad de proceso ejecutivo
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- La mencionada resolución de primera instancia es recurrida de apelación por la parte actora, en
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
