CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II.- Que de la revisión del memorial del recurso presentado y de la documental adjunta, se evidencia que el recurrente ha dado cumplimiento a las formalidades exigidas por el art. 423 del CPP, en razón de que ha acompañado la prueba correspondiente, además de haber efectuado concreta referencia de los motivos que fundan su pretensión y las disposiciones aplicables, correspondiendo en consecuencia admitir el recurso y tramitarlo con arreglo al procedimiento señalado por el art. 406 del CPP en cumplimiento de la expresa previsión de la parte in fine del art. 423 de la misma norma procesal
- AUTO SUPREMO: 49/2016
- FECHA:Sucre, 21 de abril de 2016
- EXPEDIENTE Nº:04/2016
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia de fs
- Asimismo el art
- Concluye señalando que la Sentencia Constitucional SC 1917/2011-R de 28 de noviembre, sostiene que: “toda
- CONSIDERANDO II
- POR TANTO
- Al efecto, líbrese provisión compulsoria, comisionando su diligenciamiento a la Presidencia del Tribunal Departamental de
- Sala Plena
