POR TANTO
POR TANTO.- Las Sala plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación del art. 423 del CPP, ADMITE el recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia condenatoria ejecutoriada, incoada por Mauricio Ferdin Humboldt Duarte en todo cuanto hubiera lugar en derecho y dispone que el Juez Tercero Partido en lo Penal liquidador ahora Juez de Partido Penal y de sustancias Controladas Liquidador N° 5 del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, remita los antecedentes originales, sea en plazo de cinco días. Cítese al señor Fiscal General, para que conteste en el plazo de 10 días
- AUTO SUPREMO: 49/2016
- FECHA:Sucre, 21 de abril de 2016
- EXPEDIENTE Nº:04/2016
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia de fs
- Asimismo el art
- Concluye señalando que la Sentencia Constitucional SC 1917/2011-R de 28 de noviembre, sostiene que: “toda
- CONSIDERANDO II
- POR TANTO
- Al efecto, líbrese provisión compulsoria, comisionando su diligenciamiento a la Presidencia del Tribunal Departamental de
- Sala Plena
