Auto Supremo AS/0291/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2016-RA

Fecha: 01-Abr-2016

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán lo dispuesto en la referida Ley Nº 439, conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 317 a 319 vta., se notifica al recurrente en fecha 4 de febrero de 2016 (fs.321), habiendo presentado el recurso en fecha 12 de febrero de 2016 (timbre de fs. 322), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que el recurrente identifica la resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia el recurrente impugna la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que anuló obrados recurre de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical.

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 322 a 323 vta., se desprende que, acusa infracciones de forma, describiendo la relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, vicios de procedimiento, asimismo en el contenido de dicho recurso describe aspectos relativos a cuestionar el mérito de la resolución, peticionando porque se anule el Auto de Vista; deduciendo que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo