POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Nuevo Código Procesal Civil; ADMITE el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos - SEDECA, representado legalmente por Omar Ramón Molina Ávila, cursante de fs. 152 a 156 de actuados
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos - SEDECA, representado
- Que, en la materia se tiene como norma específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso planteado, procédase a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
