Auto Supremo AS/0103/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2016-A

Fecha: 19-May-2016

Firmado

CONSIDERANDO III:
Que, ambos recursos de casación, expresan con claridad las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o errónea interpretación, y se especifica en qué consisten estas acusaciones; siendo así, y cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, en el examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad de ambos recursos de casación interpuestos.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Caja Nacional de Salud (CNS) Regional Oruro, representada por José Rene Bustillos Calderón a través de su apoderado Pablo Jorge Heredia Rodríguez, de fs. 199 a 202; y, el recurso de nulidad o casación interpuesto por Roger Sandy Guzmán por medio de Jaime Raúl Peredo López, de fs. 207 a 209.
Por consiguiente pase a secretaria para la prosecución del trámite correspondiente, y espera de turno para sorteo.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.-

Firmado:
MAGISTRADO PRESIDENTE: MSc. Jorge I. von Borries Méndez
MAGISTRADO: Dr. Antonio G. Campero Segovia
ANTE MI: Abog. David Valda Terán
SECRETARIO DE SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM. SOCIAL Y ADM. PRIMERA