Auto Supremo AS/0281/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

En cuanto al único motivo del presente recurso, cuyo argumento principal está referido a que


En cuanto al único motivo del presente recurso, cuyo argumento principal está referido a que el Auto de Vista impugnado carece de una debida fundamentación, porque no cumplió con los requisitos de ser expresa, clara y lógica, exigidos en la doctrina legal aplicable de los precedentes invocados (de los cuales efectuó una transcripción inextensa), precisando que, no cumple con el requisito de ser expresa porque en todos los apartados del Auto de Vista recurrido, se limitó a suplir la motivación por una remisión a otros actos o constancias del proceso (apartados III.1.1 y III.1.2); habiéndose restringido a reemplazar la fundamentación y motivación por una alusión global a la prueba rendida, desconociendo que la ley exige que el Juzgador consigne las razones que determinan la condena o la absolución, expresando sus propias argumentaciones de modo que se controle el iter lógico seguido por el para llegar a la conclusión (apartado III.1.4), habiendo concretado con relación al apartado III.5 que el Tribunal de apelación, se limitó invocar citas doctrinales, inconexas e incoherentes, con relación al agravio resuelto; no cumplió con ser clara con relación a todos los agravios expuestos en apelación restringida; no es lógica, debido a que denota ausencia de las reglas o leyes de la logicidad, coherencia, de derivación, de no contradicción, de tercer excluido o el principio de razón suficiente (alude a la valoración de la declaración de los niños con relación a los informes periciales escritos y prestados en audiencia de juicio), no siendo suficiente concluir, con los fundamentos que esgrimió el Auto de Vista recurrido (apartados III.1.3, III.1.4 y III.1.5), que no existió defectuosa valoración de la prueba y que la sentencia no se sustentaba en hechos no acreditados e inexistentes