Auto Supremo AS/0544/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

II. 1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Conforme a lo previsto en el art. 180. II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán lo dispuesto en la referida Ley Nº 439, conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a los siguientes puntos:
II. 1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible:
Emitido el Auto de Vista Nº105/2016 de fecha 18 de abril de 2016, de fs. 267 a 272, se notifica a Juan Román Guaygua Llanos (demandante), en fecha 18 de abril de 2016 (ver fs. 273), habiendo presentado su recurso de casación en fecha 28 de abril del año en curso (según timbre de presentación de fs. 274), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, norma aplicable al caso de autos en consideración que, a la fecha de presentación del recurso ya se encontraba vigente la ley Nº 439, de cuyo contenido se evidencia que el recurrente identifica la resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, Oscar Pedro Heredia Orellana y Elizabeth Puña Soliz de Heredia (co-demandados), impugnan la mencionada Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que Anula obrados, Juan Román Guaygua Llanos recurre de casación que, resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical