De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 221 a 222 vta., se desprende que, la recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, acusando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar el Auto de Vista realiza una interpretación y aplicación indebida del art. 568 del Código Civil, además de ser la Resolución Ultra Petita. Asimismo refiere que los de instancia incurren en errónea interpretación de los arts. 568, 573 y 572 todos del Código Civil, concluye peticionando porque se case el Auto de Vista recurrido; argumento suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), norma que resulta ser similar conforme al art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil, con la que fue planteado el recurso de casación
De la revisión del recurso de casación de fs. 221 a 222 vta., se desprende que, la recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, acusando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar el Auto de Vista realiza una interpretación y aplicación indebida del art. 568 del Código Civil, además de ser la Resolución Ultra Petita. Asimismo refiere que los de instancia incurren en errónea interpretación de los arts. 568, 573 y 572 todos del Código Civil, concluye peticionando porque se case el Auto de Vista recurrido; argumento suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), norma que resulta ser similar conforme al art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil, con la que fue planteado el recurso de casación
- Partes: Antonio Wilson Salazar Ayala c/ Rosse Mary Ayala Alegre y otros
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fecha 09 de octubre de 2015, de fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
