POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Nuevo Código Procesal Civil, ADMITE el recurso interpuesto por María Eugenia Antúnez Vega
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por María Eugenia Antúnez Vega, de
- Recurso concedido mediante Auto N° 483/15 de 24 de diciembre de 2015 por la
- CONSIDERANDO I
- Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo
- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar en la presente causa
- CONSIDERANDO II
- Que del memorial a fs
- De lo expuesto, examinado el recurso, se puede advertir que expresa
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente pase a secretaria para prosecución del trámite correspondiente, y espera d turno
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
