II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 973 a 980, formulado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito el Constructor Ltda. se desprende que, describiendo la relación de los hechos, entre otras acusa, falta de pertinencia del Auto de Vista y violación del art. 327 num. 3) del Código de Procedimiento Civil de 1976, por cuanto la resolución recurrida transgrediría el principio de exhaustividad, puesto que no habría agotado la consideración de la prueba cursante en obrados, asimismo acusa, violación de los arts. 494, 496 y 499 del Código Civil, peticionando porque se anule el proceso hasta que se emita una nueva resolución de segunda instancia o en su defecto, se case el Auto de Vista y se declare improbada la demanda; deduciendo que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Ahorro y Crédito
- Proceso: Ordinario sobre cumplimiento de contrato
- Distrito: Tarija
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
