Auto Supremo AS/0573/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0573/2016-RI

Fecha: 06-Jun-2016

Al respecto, corresponde considerar que, el nuevo Código Procesal Civil en vigencia a partir del

De la revisión de obrados, se tiene que el Auto de Vista de 18 de enero de 2016, cursante a fs. 54 vta., deviene de un recurso de apelación de la resolución pronunciada dentro de un proceso voluntario sobre declaratoria de herederos y posesión.
Al respecto, corresponde considerar que, el nuevo Código Procesal Civil en vigencia a partir del 6 de febrero de 2016, dentro de las Disposiciones específicamente en la Disposición Transitoria Sexta. Establece sobre los (PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN) y señala lo siguiente: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará los dispuesto en el presente Código”