En este entendido, se tiene que acorde a la citada ley, el referido proceso se
En este entendido, se tiene que acorde a la citada ley, el referido proceso se encuentra catalogado como un proceso voluntario conforme lo determina en su art. 450 con relación al art. 457. Por otra parte, el art. 451 del citado Código establece que, contra la resolución que resuelva la solicitud procede solamente el recurso de reposición con alternativa de apelación que se concederá en el efecto devolutivo, a su vez se tiene que, el recurso de casación únicamente procede contra los Autos de Vista dictados en procesos ordinarios de acuerdo a los alcances que previene el art. 270.I del CPC
- Partes: Basilia Vargas Vda
- Proceso: Voluntario
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- Al respecto, corresponde considerar que, el nuevo Código Procesal Civil en vigencia a partir del
- En este entendido, se tiene que acorde a la citada ley, el referido proceso se
- En este antecedente, de la revisión de los datos que informan al proceso se tiene
- Es en virtud a la referida Disposición Transitoria Sexta, que se dispone la vigencia plena
- Por otra parte el art
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
