III.- Análisis del recurso de casación
III.- Análisis del recurso de casación:
En el caso en examen, el recurso de casación es manifiestamente defectuoso, pues la recurrente, no indica cual el error de hecho o de derecho que hubiese cometido el Tribunal de Alzada, asimismo de manera genérica acusa la infracción del art. 138 del Código Civil, la recurrente no precisa en términos claros y concretos, en qué consiste la violación que acusa; es decir, no se cumplió con lo previsto en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), que es claro en su entendimiento al referir que en el recurso deberá expresarse con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos; del que carece el recurso de casación analizado
En el caso en examen, el recurso de casación es manifiestamente defectuoso, pues la recurrente, no indica cual el error de hecho o de derecho que hubiese cometido el Tribunal de Alzada, asimismo de manera genérica acusa la infracción del art. 138 del Código Civil, la recurrente no precisa en términos claros y concretos, en qué consiste la violación que acusa; es decir, no se cumplió con lo previsto en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), que es claro en su entendimiento al referir que en el recurso deberá expresarse con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos; del que carece el recurso de casación analizado
- Partes: Mercedes Rodríguez Martínez c/ Herederos de Justina Rodríguez Martínez
- Proceso: Ordinario sobre usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Asimismo, haciendo referencia a la admisión de la demanda, a la calificación del proceso señala
- Agrega que, en esos errores habría incurrido el Juez para declarar probada la demanda, que
- Con esos argumentos pide se conceda el recurso y se disponga la remisión del proceso
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- III.- Análisis del recurso de casación
- Asimismo, la parte recurrente en su petitorio final, simplemente se limita a pedir se conceda
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Por las costas, se regula honorarios en la suma de Bs. 700 (Setecientos 00/100 Bolivianos)
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
