De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 733 a 741, se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar Resolución incurre en la violación del debido proceso en sus vertientes de fundamentación, exhaustividad, contradicción y congruencia además de ser Extra Petita, vulnerando el debido proceso y el derecho a la defensa. Asimismo el Auto de Vista incurre en la falta de valoración de los medios probatorios. Acusa también la violación del Juez natural en su elemento competencia prevista en los arts. 120 y 122 de la Constitución Política del Estado. Refiere también error en la aplicación de la Sentencia Constitucional Nº 2621/2012 de 21 de diciembre de 2012, relativa a la eliminación del valor catastral, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
De la revisión del recurso de casación de fs. 733 a 741, se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar Resolución incurre en la violación del debido proceso en sus vertientes de fundamentación, exhaustividad, contradicción y congruencia además de ser Extra Petita, vulnerando el debido proceso y el derecho a la defensa. Asimismo el Auto de Vista incurre en la falta de valoración de los medios probatorios. Acusa también la violación del Juez natural en su elemento competencia prevista en los arts. 120 y 122 de la Constitución Política del Estado. Refiere también error en la aplicación de la Sentencia Constitucional Nº 2621/2012 de 21 de diciembre de 2012, relativa a la eliminación del valor catastral, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
- Financiero PRODEM
- Proceso: Nulidad de Contratos
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Fallo de primera instancia a su vez es recurrido de apelación por Cleto Fernández y
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº 125/2014 de fecha 19 de marzo de 2014, de
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
