Auto Supremo AS/0608/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2016-RA

Fecha: 09-Jun-2016

II. 2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación

II. 2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:

De la revisión del recurso que cursa de fs. 919 a 921, interpuesto por Angélica Méndez Chávez, se desprende que describiendo la relación de los hechos acusa, que el Auto de Vista recurrido, habría sido dictado por un Juez impedido por la existencia de una causal de excusa obligatoria, asimismo refiere que, no correspondía declarar la nulidad del proceso, por cuanto no habría sido solicitado por el demandante en su apelación, peticionando se anule el Auto de Vista recurrido y se dicte uno nuevo; la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil, que tiene similitud con el art. 258 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil con la que fue planteado el recurso, por lo que corresponde admitir el mismo.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I núm. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 919 a 921, interpuesto por Angélica Méndez Chávez contra el Auto de Vista No. 16/2015 de 8 de septiembre, cursante a fs. 916, pronunciado por el anteriormente denominado Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz