Ante esa negativa la ahora compulsante, argumenta que los procesos concursales con sentencia, se tramitaran
Ante esa negativa la ahora compulsante, argumenta que los procesos concursales con sentencia, se tramitaran con las reglas del anterior Código de Procedimiento Civil, y también que se hubieran violentado los Principios Pro homine y Pro actione, por lo que ninguno de estos principios se hubieran considerado en su interpretación y que carece de fundamentos legales y que el mismo es contraria a la Ley y la propia Constitución, bajo esos fundamentos plantea su recurso de compulsa y pide se declare legal y se conceda su recurso de casación
- Partes: Ana María Pardo Orellana
- Expediente: B-10-16-Com
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar
- Ante esa negativa la ahora compulsante, argumenta que los procesos concursales con sentencia, se tramitaran
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa a la compulsante conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
