POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 103 a 104 vta., interpuesto por Alfredo Bohórquez Quevedo contra el Auto de Vista Nº 51/2015 de 02 de diciembre, cursante de fs. 99 a 101, pronunciado por el entonces Juzgado de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de Oruro
- Proceso: Sumario sobre división y partición
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
