Auto Supremo AS/0175/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2016-A

Fecha: 01-Jul-2016

Asimismo, citó en términos claros y concretos el Auto de Vista respecto al cual se

Asimismo, citó en términos claros y concretos el Auto de Vista respecto al cual se recurre, por cuanto identifica con precisión como Auto de Vista N° No. SSA-I 05/2016 de 18 de enero de 2016; que si bien, no precisó la foliación de la resolución; sin embargo, dicha exigencia de carácter formal no puede constituir motivo de improcedencia, dado que se menciona de manera clara y precisa la resolución de la cual se está recurriendo en casación; pues resultaría un exceso la aplicación literal de tal norma ignorándose la teleología de la misma que es la identificación del acto jurisdiccional impugnado, debido a que ello restringiría el derecho de acceso a la justicia y la garantías del debido proceso en su elemento de la doble instancia que debe regirse por el principio “pro actione”, que “…tiende a garantizar a toda persona el acceso a los recursos y medios impugnativos, desechando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados.