Por memorial presentado el 24 de mayo de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 528/2016-RA
Sucre, 14 de julio de 2016
Expediente: Chuquisaca 16/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Isabel Lima Espada
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de mayo de 2016, cursante de fs. 319 a 325 vta., Isabel Lima Espada, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 187/2016 del 13 de mayo de fs. 314 a 316., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 5) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 528/2016-RA
Sucre, 14 de julio de 2016
Expediente: Chuquisaca 16/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Isabel Lima Espada
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de mayo de 2016, cursante de fs. 319 a 325 vta., Isabel Lima Espada, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 187/2016 del 13 de mayo de fs. 314 a 316., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 5) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de mayo de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
