Auto Supremo AS/0799/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0799/2016-RA

Fecha: 06-Jul-2016

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación


II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:

De la revisión del recurso de casación que cursa de fs. 762 a 784, formulado por Francisco Javier Losantos Peñaloza, Cecilia Losantos de Erostegui y María del Rocío Losantos Quiroga representados por Luz Guardia Miranda, se desprende que, haciendo una relación de los hechos acusa, omisión y falta de motivación y fundamentación en el Auto de Vista impugnado, solicitando anular o casar la resolución impugnada; estos hechos hacen admisible la consideración del recurso de casación, infiriéndose que los recurrentes cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 762 a 784, interpuesto por Francisco Javier Losantos Peñaloza, Cecilia Losantos de Erostegui y María del Rocío Losantos Quiroga contra el Auto de Vista Nº S-102/2016 de fecha 14 de marzo de 2016 cursante de fs. 695 a 697, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz