II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 402 a 403 vta., formulado por el presente del Consejo Municipal de Cochabamba a través de sus representantes Gonzalo Reque Campero y Néstor Isacc Velarde Salazar y la adhesión a dicho recurso por parte de Carlos Fernando Salas Carrasco en representación del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración del recurso de casación, por lo que corresponde su análisis y resolución conforme a derecho
- Interesados
- perjuicios
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
