De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
Proceso: Acción negatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de
inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 351 a 352, interpuesto por Carlos Nogales Entrambasaguas contra el Auto de Vista Nº 181/2016 de 12 de mayo, cursante de fs. 349 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Acción negatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Carlos Nogales Entrambasaguas contra Juan Carlos Méndez Heredia y Otros, la concesión de fs. 363, los antecedentes del proceso, y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 02/2016 de fecha 05 de enero de 2016, cursante de fs. 293 a 297, que declaró Improbada la demanda interpuesta por el demandante, y se declara Probada la acción reconvencional de prescripción o usucapión incoada por Juan Carlos Méndez Heredia y Martha Méndez Heredia, consiguientemente debe mantenerse el mismo orden y estado de ocupación actual consolidadas para cada una de las partes, pudiendo servir la presente Sentencia para las modificaciones de límites y colindancias respectivas, sin costas; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante y por la co-demandada, que fue resuelto por Auto de Vista Nº 181/2016 de 12 de mayo, cursante de fs. 349 y vta., que confirma totalmente la Sentencia impugnada; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por el referido demandante, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 351 a 352, interpuesto por Carlos Nogales Entrambasaguas contra el Auto de Vista Nº 181/2016 de 12 de mayo, cursante de fs. 349 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Acción negatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Carlos Nogales Entrambasaguas contra Juan Carlos Méndez Heredia y Otros, la concesión de fs. 363, los antecedentes del proceso, y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 02/2016 de fecha 05 de enero de 2016, cursante de fs. 293 a 297, que declaró Improbada la demanda interpuesta por el demandante, y se declara Probada la acción reconvencional de prescripción o usucapión incoada por Juan Carlos Méndez Heredia y Martha Méndez Heredia, consiguientemente debe mantenerse el mismo orden y estado de ocupación actual consolidadas para cada una de las partes, pudiendo servir la presente Sentencia para las modificaciones de límites y colindancias respectivas, sin costas; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante y por la co-demandada, que fue resuelto por Auto de Vista Nº 181/2016 de 12 de mayo, cursante de fs. 349 y vta., que confirma totalmente la Sentencia impugnada; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por el referido demandante, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Partes: Carlos Nogales Entrambasaguas c/ Juan Carlos Méndez Heredia y Otros
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
