Auto Supremo AS/0946/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0946/2016

Fecha: 11-Ago-2016

I.- ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El Recurso de Compulsa de fojas 32, interpuesto por Roció Ximena Pol Campo, contra el Auto de fecha 1 de julio 2016 cursante de fs. 26, del testimonio, pronunciado por Sala de Familia Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de divorcio seguido por Roció Ximena Pol Campos contra Juan Marco Arancibia Zambrana, los antecedentes del testimonio y:
I.- ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA:

Que el Juez de Partido Mixto y de Sentencia N° 4 de Sacaba del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba por Sentencia cursante de fs. 6 a 7, del testimonio de compulsa, declara probada la demanda de fs. 6 y 7 por la causal del art. 130 inc. 4) del Código de Familia e Improbada la demanda principal en cuanto a la causal prevista por el art. 130 inc. 1) del Código de Familia y la demanda reconvencional y en consecuencia disuelta el vínculo matrimonial, contra la referida resolución de Sentencia Roció Ximena Pol Campos interpone recurso de apelación y la Sala de Familia Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista de fecha 25 de mayo 2016 de fs. 15 a 16 vta., del testimonio, declara inadmisible el recurso de apelación (casación) interpuesta.

Contra la referida resolución Roció Ximena Pol Campos interpuso recurso de casación de fs. 19 a 20, del testimonio, memorial que previa sustanciación mereció traslado a la parte contraria y posteriormente Auto de fecha 1 de julio 2016, por el cual rechaza el recurso de casación, al no estar contemplado entre las resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación conforme al art. 444 del Código de las Familias y del Procedimiento Familiar