POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, y art. 277.II del Código Procesal Civil. ADMITE el recurso de casación de fs. 159 a 162 interpuesto por Félix Guamayo Yuco contra el Auto de Vista Nº 343/2015 de 14 de septiembre de 2015 cursante a fs. 156 y vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Luís Calderón Camacho. c/ Félix Guamayo Yuco
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
