Por memorial presentado el 25 de mayo de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 684/2016-RA
Sucre, 12 de septiembre de 2016
Expediente: La Paz 61/2016
Parte Acusadora: Calixto Pérez Yana
Parte Imputada: Mario Yujra Yana y otros
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2016, cursante de fs. 221 a 226 vta., Calixto Pérez Yana, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 4/2016 del 8 de enero de fs. 201 a 202 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Mario Yujra Yana, Lucía Limachi de Yujra, Julio Saire y Maria Eugenia Peres Yana, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 684/2016-RA
Sucre, 12 de septiembre de 2016
Expediente: La Paz 61/2016
Parte Acusadora: Calixto Pérez Yana
Parte Imputada: Mario Yujra Yana y otros
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2016, cursante de fs. 221 a 226 vta., Calixto Pérez Yana, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 4/2016 del 8 de enero de fs. 201 a 202 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Mario Yujra Yana, Lucía Limachi de Yujra, Julio Saire y Maria Eugenia Peres Yana, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 25 de mayo de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
