Auto Supremo AS/0729/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2016-RA

Fecha: 26-Sep-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 7/2015 de 5 de febrero (fs. 275 a 279), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de La Paz, declaró a Ronald Calle Ticona, autor de la comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del CP, imponiéndole la pena de dos años de reclusión, más el pago de multa de cincuenta días a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, así como la reparación de daños, perjuicios y costas; asimismo, absolvió del delito de Ofensas a la Memoria de Difuntos, tipificado por el art. 284 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ronald Calle Ticona (fs. 290 a 292 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 70/2015 de 9 de noviembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que resolvió declarar improcedente las cuestiones planteadas y confirmó la Sentencia apelada