POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 393 a 397, interpuesto por Emiliana Cruz Zenteno contra el Auto de Vista Nº 66/2016 de 29 de abril de 2016 cursante de fs. 388 a 391 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justiciad de Potosí
- Partes: Emiliana Cruz Zenteno. c/ Janeth Ventura Tórrez y Otros
- Derechos
- Distrito: Potosí
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
