De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
Proceso: Reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria,
reivindicación de propiedad, más daños y perjuicios
Distrito: Potosí
VISTOS: El recurso de casación de fs. 606 a 608 y vta., interpuesto por Viviana Camargo García, Roly Camargo García y Fernando Camargo García contra el Auto de Vista Nº 106/2016 de 28 de junio, cursante de fs. 589 a 595, pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justiciad de Potosí, en el proceso de Reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria, reivindicación de propiedad, más daños y perjuicios seguido por Dora Matilde López de Nina contra Viviana Camargo García y Otros, la concesión de fs. 613 vta., los antecedentes del proceso, y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 06 de octubre de 2015 cursante de fs. 542 a 551, que declaró Probada la demanda principal, e Improbada la acción reconvencional, sin costas, en virtud de ello se declara el mejor derecho de propiedad de Dora Matilde López de Nina sobre la integralidad del bien inmueble objeto de litigio que se detalla, y con derecho a reivindicar aquella parte de su propiedad que actualmente se halla en poder de hecho de los demandados, ordenándoseles su desocupación inmediata y entrega a su propietaria a tercero día, bajo alternativa de ley, ordenándose asimismo el pago de daños y perjuicios por parte de los demandados y a favor de la demandante, en el monto averiguable en ejecución de sentencia; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 106/2016 de 28 de junio, cursante de fs. 589 a 595 que confirma parcialmente la sentencia impugnada, en cuanto a la declaratoria de mejor derecho propietario y la reivindicación dispuesta, sin lugar empero al pago de daños y perjuicios, sin costas; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por la referida parte demandada, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
reivindicación de propiedad, más daños y perjuicios
Distrito: Potosí
VISTOS: El recurso de casación de fs. 606 a 608 y vta., interpuesto por Viviana Camargo García, Roly Camargo García y Fernando Camargo García contra el Auto de Vista Nº 106/2016 de 28 de junio, cursante de fs. 589 a 595, pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justiciad de Potosí, en el proceso de Reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria, reivindicación de propiedad, más daños y perjuicios seguido por Dora Matilde López de Nina contra Viviana Camargo García y Otros, la concesión de fs. 613 vta., los antecedentes del proceso, y;
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 06 de octubre de 2015 cursante de fs. 542 a 551, que declaró Probada la demanda principal, e Improbada la acción reconvencional, sin costas, en virtud de ello se declara el mejor derecho de propiedad de Dora Matilde López de Nina sobre la integralidad del bien inmueble objeto de litigio que se detalla, y con derecho a reivindicar aquella parte de su propiedad que actualmente se halla en poder de hecho de los demandados, ordenándoseles su desocupación inmediata y entrega a su propietaria a tercero día, bajo alternativa de ley, ordenándose asimismo el pago de daños y perjuicios por parte de los demandados y a favor de la demandante, en el monto averiguable en ejecución de sentencia; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 106/2016 de 28 de junio, cursante de fs. 589 a 595 que confirma parcialmente la sentencia impugnada, en cuanto a la declaratoria de mejor derecho propietario y la reivindicación dispuesta, sin lugar empero al pago de daños y perjuicios, sin costas; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por la referida parte demandada, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Partes: Dora Matilde López de Nina c/ Viviana Camargo García y Otros
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
