De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 389 a 392, interpuesto por Tomás Herrera Churqui y Fidelia Quino Cordero, se desprende que en lo relevante acusan que no fueron citados con la demanda en forma correcta conculcándoseles el derecho a la defensa y contraviniendo de esta manera los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado y art. 121 del Código de Procedimiento Civil, asimismo acusan errónea apreciación de los arts. 1453 del Código Civil concordante con el art. 1545 y 1538 del mismo cuerpo de leyes, peticionando casar el Auto de Vista recurrido; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Gloria Mercado de Calderón c/ Tomás Herrera Churqui y Otros
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
