Auto Supremo AS/0001-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0001-1/2017

Fecha: 10-Ene-2017

CONSIDERANDO: Que, por mandato de la Disposición Final Tercera de la Ley 439 y en


CONSIDERANDO: Que, por mandato de la Disposición Final Tercera de la Ley 439 y en concordancia con el art. 4 de la Ley Nº 620 se encuentra vigente el art. 780 del Código de Procedimiento Civil, que ordena que la demanda deberá interponerse dentro del plazo fatal de noventa días a contar de la fecha en que se notificare con la resolución denegatoria de las reclamaciones hechas ante el Poder Ejecutivo